Vecinos de Barbastro contemplando una procesión.Vecinos de Barbastro contemplando una procesión.
Vecinos de Barbastro contemplando una procesión. Foto: José Luis Pano

El Ayuntamiento de Barbastro ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón a pagar una indemnización de 35.000 euros a una mujer por las lesiones y secuelas que sufrió tras una caída en la plaza del Mercado después de ver el paso de una procesión de Semana Santa. 

La accidentada presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños, perjuicios y lesiones ocasionadas por la caída sufrida el 25 de marzo de 2016 en Barbastro. Debido a que el ayuntamiento desestimó la solicitud, la vecina decidió ir a los tribunales, y aunque el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Huesca rechazó el recurso en 2021, ahora en apelación el TSJA le ha dado la razón aunque en una cantidad menor de los 46.719,59 euros que pedía inicialmente.

DPH

Los hechos ocurrieron en la plaza del Mercado, donde la mujer acudió a ver la procesión de Viernes Santo. Allí, se situó en una zona de porches donde se había congregado numeroso público. Al terminar el desfile, sobre las 23.30, al abandonar el lugar se le enredaron los pies con una cinta de plástico de la Policía Local que había quedado en el suelo y cayó.

El TSJA considera que el Consistorio incurrió en una “omisión de la diligencia debida” ya que los agentes de la Policía Local no tomaron medidas para evitar que se quedara una cinta en el suelo, colocada para cerrar la plaza. “Por el contrario no puede exigirse a los peatones en estos lugares una mayor atención para evitar los obstáculos y desperfectos”, remarca.

Para el Juzgado de lo Contencioso fue determinante en el hecho de enredar sus pies con la cinta la falta de visión del suelo y sus posibles obstáculos ante tanta gente que había y por tanto sentenció que el Ayuntamiento no podía hacerse responsable de la decisión de la demandante de unirse a un gentío y sus riesgos consustanciales.

A pesar de ello, el TSJA sí contempla que la caída es constitutiva del responsabilidad patrimonial de la Administración “porque era una zona urbana y peatonal, con afluencia de mucha gente y de noche, lo que impedía que todas las personas estuvieran pendientes de cualquier irregularidad u obstáculo en el suelo, razón por la que la Policía Local debió extremar las precauciones”, sentencia.

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Vecinos de Barbastro contemplando una procesión.
Foto: José Luis Pano

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