El Área de Desarrollo del Ayuntamiento de Barbastro ha modificado la ordenanza de fomento del empleo para incluir en ella nuevos grupos beneficiarios de esta ayuda y ampliar sus cuantías, además de sumar el fomento del empleo autónomo al de contratación estable y de calidad, ya recogido en el texto anterior.
El concejal de Desarrollo, Jesús Lobera, ha presentado las modificaciones realizadas en la Ordenanza para el impulso de la industrialización y sus servicios a través del fomento de la contratación estable y de calidad, en vigor desde 2005, que pasa a denominarse Ordenanzak para el Fomento de la contratación estable y de calidad y para el fomento del empleo autónomo en Barbastro.
Este nuevo texto tiene por objeto la regulación de la concesión por parte del Ayuntamiento de Barbastro de subvenciones destinadas al fomento de la contratación de trabajadores estable y de calidad por parte de empresas del sector industrial y de su subsector de servicios industriales y a promover y apoyar proyectos de autoempleo que faciliten a personas desempleadas su establecimiento como trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Para su difusión, se han editado tres mil folletos en los que se recogen los beneficiarios de estas ayudas y las cuantías de las mismas. El concejal de Desarrollo explica que el Ayuntamiento de Barbastro destinará 70.000 euros para este concepto y que la periodicidad de la convocatoria será anual. Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas concedidas por las diferentes instituciones públicas.
Lobera señala que «ya hay muchas solicitudes encima de la mesa», que comenzarán a tramitarse una vez que la convocatoria de subvenciones haya sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contratación estable y de calidad
Los beneficiarios de las primeras ayudas son las personas físicas o jurídicas, en especial las pequeñas y medianas empresas, que realicen una actividad empresarial dentro del municipio. Las cuantías de las mismas oscilan entre los 1.500 y los 2.000 euros, dependiendo de la actuación a la que hagan referencia.
Podrán recibir subvenciones las empresas que realicen la contratación de trabajadores en diferentes modalidades. En caso de que haya más solicitudes de las que se puedan cubrir con la partida presupuestaria, se primará, por este orden, la contratación de mujeres, de mayores de 45 años y de jóvenes de entre 18 y 35 años, todos ellos en situación de desempleo.
La ordenanza establece como requisito que la contratación suponga la creación de empleo neto referido al centro de trabajo de que se trate con relación a los 12 meses anteriores a la fecha de la contratación objeto de ayuda y que los beneficiarios mantengan el número de empleos obtenido con las contrataciones subvencionadas durante los dos años siguientes a la fecha de las mismas.
Fomento del empleo autónomo
En cuanto a los beneficiarios de las ayudas al empleo autónomo, serán las personas desempleadas que se hayan establecido en el municipio como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio. En este caso, y en el mismo supuesto que la ayuda anterior, se primará a los jóvenes de entre 18 y 35 años ya que «entendemos que este grupo de edad es el que tiene mayor capacidad para emprender un negocio».
La ordenanza establece como requisito que los beneficiarios de las ayudas estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad del colegio profesional, además de darse de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Impuesto de Actividades Económicas; estén desempleados previamente a la fecha de inicio de la actividad; y realicen ininterrumpidamente la actividad que fundamente la concesión de la subvención, mantengan su actividad empresarial y permanezcan de alta en la Seguridad Social o equivalente durante tres años.


