El Juzgado de los Contencioso de Huesca ha dado la razón al Ayuntamiento de Barbastro en el caso del cobro de las contribuciones especiales para la avenida de la Estación en el que un grupo de vecinos habían solicitado ante los tribunales que ya había transcurrido el plazo de cobro y por lo tanto debían estar exentos de pagar dicha tasa urbanística.
El magistrado, en un auto emitido el pasado 2 de septiembre, ha sentenciado que el Ayuntamiento procedió legalmente en este asunto, y que no cobró antes estas contribuciones porque debía esperar a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón puesto que una vecina afectada había recurrido ante este ente.
La sentencia del Juzgado de Huesca no es recurrible y por lo tanto el Ayuntamiento no devolverá las contribuciones especiales que cobró a las cuatro personas que habían llevado este caso a los tribunales. Si en cambio lo ha tenido que hacer a dos propietarios a los cuáles el Juzgado de Huesca les había dado la razón. En este último caso, el Ayuntamiento barajó la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero ayer el alcalde en rueda de prensa declinó hacerlo, a pesar de que como aseguró los informes jurídicos solicitados por el Ayuntamiento invitan a ello.
El alcalde dio a conocer esta sentencia ayer acompañado del concejal de Urbanismo, Luis Sánchez, y que en el anterior mandato también ostentaba la concejalía de Hacienda.
Cosculluela señaló que tanto el concejal Sánchez como el equipo de técnicos del área de Urbanismo han actuado diligentemente en este caso y criticó al PP por «querer hacer un daño político al Ayuntamiento y perjudicar la honorabilidad de los trabajadores».
El alcalde también criticó que en este asunto «se haya hecho justicia al revés», ya que un magistrado dio la razón «a dos importantes propietarios que se han beneficiado de la urbanización de esta zona y el resto de vecinos han tenido que pagar sus costas. Es algo que me duele porque el expediente fue correcto».
La ley marca que el Ayuntamiento tiene cuatro años para proceder al cobro de las contribuciones especiales de una obra en el momento que ésta ha finalizado. Dos vecinos llevaron este asunto a los tribunales al entender que el plazo había finalizado y el cobro había sido ilegal, como así le dio la razón el Juzgado de Huesca. Pero el alcalde sostenía la tesis de que todavía no había transcurrido y que además había otros vecinos -en total cuatro- que habían presentado alegaciones ante los tribunales y se debía esperar a conocer el fallo. El Ayuntamiento entendía que el plazo de cobro quedaba paralizado hasta conocer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que acabó dando la razón al Consistorio.
De nuevo ahora el Juzgado Contencioso de Huesca reitera que el expediente fue correcto y que no se debe devolver a el dinero a los cuatro contribuyentes.
«El auto del juez dice que no se podía liquidar hasta conocer el fallo del recurso judicial. Y sobre la anterior sentencia que da la razón a dos particulares el juez tras haber repasado todos los expedientes dice que la respeta pero no comparte», asegura Cosculluela.



