La Comisión de Urbanismo verá el jueves el documento de planeamiento urbanístico del área industrial «La Armentera», luego lo abordará el pleno en la sesión del 2 de julio y, presumiendo la conformidad, a renglón seguido será remitido al Consejo Provincial de Urbanismo (hasta 2009, Comisión Provincial de Ordenación del Territorio) para que le dé el visto bueno definitivo (restará la publicación en el BOP).
Antecedentes:
1.- El primitivo PGOU de Monzón data de la década de los ochenta, y la revisión que lo modernizó, de 2006. La Comisión Provincial, competente en esta materia, aprobó el documento con la salvedad del ámbito de La Armentera. En palabras técnicas: «suspendió» este ámbito porque creyó conveniente disponer primero de una «solución general» para las infraestructuras.
2.- En 2008 el Ayuntamiento modificó algunos aspectos del «particular» PGOU de La Armentera (para desatascar el asunto del suelo industrial). La Comisión lo conoció y le pareció bien, pero puso algunos «reparos» como, por ejemplo, la ordenación de las vías pecuarias que cruzan el polígono.
3.- En 2011 el Concejo sancionó un texto refundido del ámbito de La Armentera teniendo en cuenta las indicaciones recibidas. El Consejo Provincial entendió que se había corregido la mayoría de los reparos, pero no todos.
4.- Ahora, en 2012, se presenta el segundo texto refundido con el objetivo de cerrar el asunto definitivamente.
5.- Importante: durante estos años, la única fórmula para permitir el asentamiento de una empresa en «La Armentera» ha sido la declaración de interés público del proyecto que fuere.
Precisamente, el concejal de Urbanismo, Raúl Castanera, ha valorado la «previsible» aprobación definitiva del planeamiento desde esa perspectiva: la disponibilidad de suelo industrial «regulado» para cualquier empresa que quiera tomar plaza en La Armentera. Y ha remarcado: «Este documento ha sido una de mis mayores preocupaciones desde que asumí la Concejalía de Urbanismo. La Armentera siempre ha sufrido los efectos negativos de haber empezado la casa por el tejado. Ahora todo queda en regla y encauzado. Por otro lado, quiero agradecer a los técnicos el trabajo realizado».
Números:
1.- El ámbito «La Armentera» abarca unas 400 hectáreas, superficie que incluye el terreno de las industrias químicas históricas (83 hectáreas).
2.- El planeamiento clasifica 209 hectáreas de suelo urbano no consolidado (se marcan los viales, las parcelas y los servicios, y los propietarios, bien a título individual, bien en Juntas de Compensación, podrán desarrollar, parcelar y vender).
3.- Se señala una bolsa de 124 hectáreas de suelo urbanizable delimitado, es decir, susceptible de desarrollo previa presentación y aprobación por el pleno de un Plan Parcial (la redacción, a cargo de los interesados).
4.- Por último, una superficie de 64 hectáreas lleva la calificación de suelo urbanizable no delimitado. Los particulares, empresas o sociedades que quieran desarrollarlo consultarán al Consejo Provincial y planificarán una actuación «coherente» con el conjunto.




