El portavoz de CHA en el Ayuntamiento de Barbastro, Valero Aguayos, ha presentado una propuesta para su aprobación en el próximo pleno para que los concejales que tengan retribuciones por cargo público en Diputación y Cortes de Aragón con dedicación parcial o exclusiva cuyo importe sea mayor que el salario mínimo interprofesional, les sea incompatible cobrar por asistencias a plenos y comisiones del ayuntamiento.
El articulo 75.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ya hace incompatible a los concejales que tienen dedicación parcial o exclusiva dentro de un ayuntamiento el cobro de asistencias a comisiones o sesiones plenarias. En Barbastro ocurre con la concejala de Servicios, sin embargo a los concejales que tienen cargo en Diputación y Cortes de Aragón y reciben sueldos por el desempeño de sus funciones en estas instituciones, la ley, les permite percibir retribución por asistencias a plenos y comisiones.
La concejala de Servicios tiene asignada una retribución bruta anual de 12.387,09 euros y no tiene derecho a cobrar asistencias, sin embargo otros concejales con más del doble de retribución anual en otras instituciones sí pueden cobrarlas.
Según Aguayos «con la propuesta se quiere limitar la duplicidad de retribuciones de los cargos públicos que tienen representación en varias instituciones». En en el Ayuntamiento de Barbastro afectaría al alcalde Cosculluela (PSOE) que recibe retribución como Presidente de la Diputación de Huesca, al portavoz del PP Ángel Solana que recibe retribución como diputado en Cortes de Aragón y al concejal del PAR Javier Betorz, que recibe retribución como diputado-portavoz de la Diputación de Huesca.
La medida, en su segundo punto, establece un máximo por el cual no se tendría derecho a recibir el pago de las asistencias a plenos y comisiones, el salario mínimo interprofesional, según Aguayos «nos parece justo establecer esa medida de corte, ya que tenemos un salario mínimo interprofesional de los más bajos de Europa y si se recibe esa cuantía por cargo público en alguna de esas instituciones no se debe tener derecho a la retribución de asistencias en nuestro Ayuntamiento».




