Don J. E. M., de 64 años, llevaba 5 años de tratamiento por una lesión isquémica en el corazón, con seguimiento en el Hospital de Barbastro.
Desde Octubre de 2.007, el paciente y sus familiares se quejaron varias veces de su evidente empeoramiento, debido a que, llegados a Urgencias del Hospital de Barbastro, lo remitían a casa.
El paciente presentó accidentes isquémicos transitorios a lo largo del año 2.008, realizándose el 25 de septiembre de 2.008 una angiorresonancia que evidenció una estenosis crítica de arteria carótida. Los resultados de esta prueba no se comunicaron al paciente ni a su familia hasta el 19 de noviembre de 2.008, solicitando en esa fecha cita en consulta de cirugía vascular en el Hospital Miguel Servet de Zaragoza que se dio para el 19 de diciembre de 2.008.
Sin embargo, el 15 de diciembre de 2.008 el paciente sufrió un infarto cerebral con secuelas que le han incapacitado para llevar una vida independiente, con un grado de minusvalía del 51%.
Los familiares del paciente se pusieron en contacto con la Asociación El Defensor del Paciente, siendo el Abogado de Zaragoza D. RICARDO AGOIZ quien llevó el caso, se interpuso Reclamación de Responsabilidad Patrimonial ante el Gobierno de Aragón el 5 de marzo de 2.009, al entender que se podía haber evitado el infarto cerebral.
Iniciado el Expediente Administrativo, la Inspección Médica del Gobierno de Aragón determinó que hubo demora excesiva tanto en la cita para resultados en el Hospital de Barbastro, como en la cita en cirugía vascular en el Hospital Miguel Servet de Zaragoza, implicando una pérdida de oportunidad en el tratamiento. Posteriormente, los peritos de ambas partes, determinaron que tal posibilidad de haber evitado el infarto cerebral estaba entre el 15% y el 20% por lo que se estableció una indemnización de 45.000 Euros para el paciente, debido a que la valoración de la indemnización debe estar en correspondencia con la posibilidad que había de haber evitado el daño, según la Jurisprudencia de los Tribunales de Justicia.
El paciente y su familia aceptaron la indemnización, sin llegar a Juicio, y lo exponen públicamente para que, en el Hospital de Barbastro se tomen las medidas adecuadas para evitar que esta situación se repita con otros pacientes.
La defensa del caso ha sido tramitada por el Letrado D. Ricardo Agóiz, especialista en derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente en Aragón.



