La Asociación PRO PATRIMONIUM SIJENA Y JERUSALÉN ha interpuesto recurso de reposición contra el Auto de 22/2/2022 por el que la sección 5ª de lo contencioso del Tribunal Supremo acogía las alegaciones previas del Abogado del Estado y cerraba la puerta a la revisión judicial de los indultos de los presos del procés.
Previamente esta parte instó un escrito de complemento del referido auto, que ha sido resuelto por otro auto de fecha 5 de abril de 2022 por el que, la Sala no cuestiona que haya podido incurrir en un error al ignorar en el auto de 22/2/2022 que la Sentencia de la Sala 2ª del T. Supremo que condenó por sedición a los presos del procés reflejaba que los indultados hicieron al nuevo estado catalán dueño de todos los bienes del Estado en Cataluña, y entre esos bienes, lógicamente están importantes bienes del patrimonio cultural español y aragonés que esta asociación defiende como el ARCHIVO DE LA CORONA DE ARAGON (el segundo archivo histórico más importante del mundo tras el vaticano), el Real MONASTERIO DE POBLET (panteón de los Reyes de Aragón y propiedad del Estado), el legado del pintor SALVADOR DALÍ que designó al Estado como heredero suyo, innumerables cuadros y obras depositados por el Estado en el MNAC (Museo Nacional de Arte de Cataluña), cuadros prestados por el MUSEO DEL PRADO en Cataluña, las cuatro magníficas BIBLIOTECAS PÚBLICAS ESTATALES provinciales que hay en Cataluña, etc… Nuestra asociación tiene ámbito nacional y por lo tanto su misión es salvar no solo el patrimonio cultural aragonés sino también todo el patrimonio cultural español que haya en Cataluña.
En el auto que resuelve el escrito de complemento, la Sala considera que es más procedente resolver todas esas cuestiones en el recurso de reposición que ahora hemos interpuesto y que se basa en los siguientes motivos para continuar con el estudio de la ilegalidad de los indultos a los presos del procés:
- El auto de 22/2/2022 al haber sido firmado en esa fecha por la Sra. Huet de Sande, cuando desde hacía un mes había sido trasladada a la sección 1ª y en donde ya aparece dictando auto en esa sección desde el día 26 de enero, es nulo de pleno derecho dado que esta señora, al haber sido ya trasladada a la sección primera, ni podía firmarlos ni menos redactarlos como ponente en esa fecha del 22/2/2022, pues conforme la doctrina del Tribunal Constitucional, hasta que una resolución no está firmada, no existe pues se puede hasta cambiar antes de firmarla. Solo si se hubiese celebrado vista oral antes de ser trasladada hubiese excepcionalmente podido firmar el auto tras su traslado, pero no hubo vista oral alguna.
- El segundo motivo que damos es que, no puede el Gobierno negar ahora y de forma fraudulenta la misma legitimación a esta asociación que sin embargo ya reconoció a cuantas personas pasaban por allí y quisieron pedir que se indultase a los presos del procés, pretendiendo así precaver de forma antiética y abusiva, al negarnos legitimación para recurrirlos, que la justicia pueda entrar a estudiar la manifiesta ilicitud de estos indultos, que no son más que el sucedáneo de una clara autoamnistía.
- El tercer motivo tiene que ver con que la Sentencia de la Sala 2ª del T. Supremo, en el hecho probado primero, ya narra que los aquí indultados hicieron posible que el nuevo estado catalán se quedase con todo el patrimonio cultural español que no era de Cataluña, al hacerse dueño de todos los bienes del Estado allí. En materia de protección del patrimonio cultural, nuestra legislación contempla la acción pública para que toda persona o asociación pueda defender siempre este rico patrimonio de todos.
- También alega esta asociación que existe acción pública por lo que se refiere a la materia de la malversación por la que fueron condenados los presos del procés, al diferir la Sala 2ª del Tribunal Supremo al Tribunal de Cuentas su determinación y cuantificación.
- Finalmente, esta asociación entiende que estas complejísimas cuestiones, no pueden ser nunca estudiadas en un mero auto preliminar de alegaciones previas, que no está destinado para esos fines, por lo que es claro y manifiesto que se deben desestimar las alegaciones previas del Gobierno y continuar con la tramitación del recurso hasta dictar Sentencia, pues será allí donde se deberá estudiar detalladamente todas estas cuestiones que deberán dar al traste, a nuestro entender, con estos ilegales indultos.
Esta asociación tiene plena confianza en toda la Sala Tercera del Tribunal Supremo y está segura de que su recurso será estimado y se continuará con el proceso judicial hasta dictarse Sentencia, porque es lo más lógico y razonable.


