César Torres
La Asociación de consumidores Red RAi está especializada en Bancos.
Los consumidores desconocen el lenguaje financiero y la complejidad de los productos y servicios bancarios que se han comercializado en los últimos años. Nosotros, frente a ese desconocimiento que a veces es indefensión, buscamos empoderar a los ciudadanos informándoles de las características de los productos o servicios que han contratado o van a contratar con la entidad financiera. Y buscamos la mejora de las condiciones contratadas mediante la negociación. Aunque gestionamos reclamaciones, preferimos negociar directamente con tu oficina bancaria. ¿Has tenido que contratar un seguro que no necesitabas para que te dieran un préstamo? ¿El banco te ha dicho que era obligatorio adquirirlos, verdad? La ley dice otra cosa. ¿Quieres saber cómo darte de baja de tu seguro no deseado?
¿Qué seguros son obligatorios?
El único seguro que es legalmente obligatorio es el de daños por incendio de la vivienda hipotecada. Es decir, el seguro de hogar es el único que cumple con los requisitos de la ley hipotecaria, la cual dice que hay que tener el bien asegurado para la cobertura de incendios. Los demás seguros no son obligatorios y su inclusión en alguna cláusula de la escritura hipotecaria puede considerarse como abusiva.
Debemos saber también que está prohibido obligar a suscribir un seguro con quien te diga el banco, según la ley de mediación de seguros.
Puedes contratar el seguro del hogar con cualquier compañía, declarando al banco como beneficiario, aunque como beneficiario no debe de ser el banco sino el propio asegurado o sus herederos los que dispongan el dinero de la mejor manera posible.
Mucha gente se queja de que les obligan a contratar seguros al momento de solicitar una hipoteca…
Es cierto, los bancos lo llaman Hipotecas bonificadas, es decir, que el banco te bonifica, o te cobra menos, por adquirir, junto con la deuda hipotecaria, varios seguros.
Normalmente te bonifican con una pequeña fracción de 0.10 ó 0.20 del valor el préstamo hipotecario. En estos casos es recomendable que se calcule si ese 0.10 o 0.20 es menor o mayor que el precio del seguro, descontados los beneficios que supuestamente nos da. Si la bonificación que nos da el banco por tener un seguro que no necesitamos es de 100 euros, por ejemplo, y gastamos 300 en un seguro no solicitado, lo lógico será que nos demos de baja del seguro.
En estos casos, el banco dirá que no es posible darse de baja del seguro pues está vinculado al préstamo hipotecario. Lo primero que hay que hacer es verificar si en la oferta vinculante que, obligatoriamente, nos entregó el banco resumiéndonos su oferta hipotecaria, estaba incluida la obligatoriedad de contratar seguros.
Yo estoy casi seguro que no y como decíamos antes, si estuviera en el contrato se podría denunciar como cláusula abusiva.
¿Cómo puedo anular un seguro?
El seguro tiene una duración anual y puede pagarse la prima mensual, trimestral o anualmente. La Ley de Contrato de Seguro dice, en su Art. 22, párrafo 2:
«Las partes (asegurado o asegurador) pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso». Es decir, hay que ver la fecha de la firma del contrato y dos meses y un día antes avisar por escrito a la entidad de que no prorrogaremos el seguro.
* Atendemos los días miércoles de 18.00 a 20.00 en la calle Teruel 14, de Barbastro, previa cita al 630287455.


